Señores Asociados,
Enviamos para conocimiento la Resolución General 4770/2020 de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), publicada el día de hoy, en el Boletín Oficial de la República Argentina, mediante la cual suspende entre los días 14 de agosto de 2019 y 31 de agosto de 2020, ambos inclusive, el plazo de suspensión de traba de medidas cautelares para Micro, Pequeñas y Medianas Empresas.
Las disposiciones de esta resolución general entrarán en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial.
Saludos cordiales,