Señores Asociados,
Enviamos para conocimiento la Resolución General 4699 de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), publicada en el día de hoy, en el Boletín Oficial de la República Argentina, mediante la cual se resuelve eximir a los contribuyentes y responsables, hasta el día 30 de junio de 2020 inclusive, de la obligación de registrar los datos biométricos conforme a lo previsto en el Artículo 3° de la Resolución General N° 2.811, su modificatoria y su complementaria, ante las dependencias en las que se encuentren inscriptos, a fin de permitir la realización de las transacciones digitales que así lo requieran.
Saludos cordiales,