Señores Asociados:
Enviamos en adjunto la Resolución General Nº 3690 de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), publicada en el día de hoy en el Boletín Oficial de la República Argentina, mediante la cual se establece un régimen especial obligatorio para la emisión electrónica de la “Liquidación Secundaria de Granos”, a fin de respaldar las operaciones de compraventa y, en su caso, de consignación de granos no destinados a la siembra —cereales y oleaginosos— y legumbres secas —porotos, arvejas y lentejas.
La presente norma entrará en vigencia a partir del día 3 de diciembre de 2014. Los formularios autorizados con anterioridad a la citada vigencia podrán utilizarse hasta el día 2 de diciembre de 2014.
Los mantendremos informados al respecto.-
Saludos cordiales