Señores Asociados, Enviamos en adjunto Resolución General Nº 2627 (AFIP), complementaria de la Resolución General Nº 327 (AFIP) de Impuesto a las Ganancias, publicada hoy en el Boletín Oficial, mediante la cual se establece el régimen a aplicar para el cálculo de anticipos del mencionado impuesto, para personas físicas y sucesiones indivisas, por el período fiscal 2009 . Saludos cordiales, Departamento Administrativo Centro de Corredores de Cereales Rosario |