Señores Asociados,
Les informamos que mediante la Resolución nº 6098/07 de la ONCCA se ratifica a partir del día 10 de noviembre de 2007 la vigencia de la Resolución 1887/07.
Recordamos que la Resolución 1887/07 incorporaba al mecanismo de compensaciones las operaciones que realicen los molinos harineros a través de acopiadores y cooperativas.
Les adjuntamos la resolución mencionada.
Saluda atentamente,
Dra. CP Marcela Boggio Sosa
Gerente Institucional